| Eutanasia, la solución final |
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| Human Rights - Laws | |||
| Friday, 21 March 2008 04:06 | |||
![]() por José María Rodríguez Arias La eutanasia es, básicamente, que una persona, por acción u omisión, acabe con la vida (o acelere su final) de un enfermo que está en las últimas para evitar su sufrimiento. Visto así, me resulta imposible posicionarme en contra de la eutanasia como concepto. La eutanasia, como saben, puede ser pasiva o activa. La pasiva no trae demasiados problemas y es comúnmente aceptada, es la activa la que trae, verdaderamente, problemas. Hasta ahora, casi todos los casos populares o que se estudian en la carrera responden a supuestos en que el paciente no puede, por su propia mano, suicidarse, así pues, el problema está en qué condiciones se deben dar para no considerar la actividad de matar como penalmente punible atendiendo a las circunstancias personales de quien desea morir y no puede, por sí mismo, acabar con su vida.
Hace poco saltó en todos los medios el caso de una francesa, aquejada de un tumor cancerígeno que, entre otras cosas, deformaba su rostro mientras iba perdiendo, uno a uno, todos los sentidos. La francesa pidió que unos médicos la mataran, esto es, pidió que aliviaran su sufrimiento perpetuo y en aumento acabando con una vida que hace tiempo había dejado de estar como tal, ya estaba al final del camino, ya no veía, olía o saboreaba, y simplemente quería que alguien acabara con su vida. En este supuesto, quien pedía que se le diera fin a su sufrimiento, era un sujeto que por sí mismo sí podía acabar con su vida, siendo un caso distinto a los tratados normalmente. Y en efecto, una vez que se negó a esta persona el derecho a morir dignamente (si es que podemos considerar digna la muerte), y aunque se le había dado una salida cuanto menos hipócrita (sumirla en coma y, a la persona comatosa, dejarla morir)
Legislación básica: En el Código Penal del Perú, promulgado en 1991 como Decreto Legislativo Nº 635, se incluyó el tipo "homicidio piadoso" en el artículo 112, esto es la penalización expresa de la eutanasia activa, y la pasiva cuando la misma es pedida por el enfermo (y en el resto de casos, supongo, quedará penalizado como homicidio o, como muy poco según las circunstancias del caso, un delito de omisión de socorro. La eutanasia está lejos de ser un derecho, y tiene una penalización realmente fuerte (hasta tres años de cárcel), es considerado, por el legislador penal, un caso específico de homicidio. Desconozco, sin embargo, la ejecución práctica de este precepto y las posibles ponderaciones con estados de necesidad que se pudieran dar para, en su caso, eliminar la condena en concreto bajo ciertos hechos. En el Código penal español, Ley Orgánica 10/1995, se incluye la penalización de la eutanasia dentro de las formas o casos de la cooperación o inducción al suicidio (artículo 143.4 en relación con el punto 2 y 3), siendo una suerte de modalidad, con pena atenuada, de cooperación al suicidio (en uno o dos grados por debajo de la misma), y como tal está perseguido. Ahora bien, este artículo sólo penaliza la eutanasia activa, la pasiva quedaría despenalizada al no estar expresamente recogida, el problema real en este caso sería cómo se consideran ciertos actos (si desconectar el respirador, por ejemplo, es un hecho activo o pasivo -omitir, desde ese momento, el tratamiento al paciente-). Mucha doctrina afirma que en casos extremos el estado de necesidad excluiría la responsabilidad penal al ser una causa de justificación del hecho realizado. Por su parte, tanto el Estatuto de Cataluña como el de Andalucía recogen, ambos en el artículo 20 de sus respectivos textos, el llamado testamento vital, que es la declaración anticipada del deseo de morir dignamente (de dejar constancia de qué procedimientos médicos se les puede practicar), lo que permitiría un permiso anticipado de que se le practique, en caso necesario, la eutanasia, realmente esta previsión no encajaría demasiado bien con el ordenamiento jurídico español, al menos en el caso de la eutanasia activa, en la pasiva es totalmente funcional al poder pedir, en su defecto, que nunca se le trate para alargar artificialmente la vida. Breves notas sobre el suicidio y la cooperación Aunque a veces no lo parezca, el suicidio sigue siendo un tema un tanto complicado. En la mayoría de países, eso sí, ya no está penalizado (en muchos la despenalización es más bien reciente), mas existen grupos que siguen reprobando el mismo de forma directa y bílica, considerando que uno no es dueño de su cuerpo hasta el punto de decidir cuando acabar con él, aún así, estas mismas culturas han encumbrado actos suicidas si los mismos respondían a un sacrificio mayor o heróico. En otras culturas, el suicidio era una forma de limpiar el propio honor, o de morir, al menos, con honor y de forma digna frente a una vida indigna, una salida necesaria ante un problema grande. Como curiosidad en este aspecto, en el ritual del seppuku quien se suicidaba (practicaba el ritual) no estaba solo, tenía un compañero, llamado kaishaku, normalmente alguien en el que el primero confiara mucho, tenía el encargo de cortar la cabeza (sin separarla totalmente del cuerpo) de quien practicaba el seppuku si el mismo sufría mucho durante el proceso, es una asistencia al suicidio en toda regla, y era una tarea culturalmente considerada como honorable y muy digna. Eutanasia La pasiva, como digo, no me reporta problema alguno. La realización de prácticas médicas que alarguen la vida artificialmente a costa de causar más sufrimiento, sobre todo en los casos en que consta la oposición del enfermo me parece, incluso, punible (un delito contra la libertad o integridad moral, según Muñoz Conde), pero esto en casos muy extremos. La activa, como digo, es la problemática, y tiene variables supuestos prácticos que nos llevarían a una casuística difícil de cubrir con excepciones o normas para cada caso. Por un lado considero que no se debe penalizar a quien ayuda a morir a una persona que está sumida en el constante sufrimiento físico y psíquico y que ya no puede llevar a cabo el hecho suicida, esto es, el típico caso del tetraplégico al que le dan los elementos necesarios para poder suicidarse (por ejemplo, un vaso con veneno y una pajilla para que sorba el enfermo, como fue el popular caso de Ramón Sampedro). Por otro lado, tenemos los casos de inyección letal que creo que necesitarían un plus sobre la situación del paciente (aunque para Muñoz Conde sería indiferente), siendo necesario que el mismo no pudiera llevar a cabo la actividad suicida (siquiera en el hecho de sorber el veneno por sí mismo), en que quedaría clara la no punibilidad del hecho, ni siquiera bajo la legislación española actual (entrando en juego la justificación de la acción por el estado de necesidad). Estos dos casos de eutanasia activa, como digo, no me representan especiales problemas, en tanto que considero que la persona es dueña de su cuerpo, y si está en una situación de necesidad y sufrimiento irreversible, tiene todo el derecho del mundo a recabar ayuda para poner fin a su vida de la forma más digna posible, o mejor, dignificada por la propia persona que sufre. El caso de la francesa, alguien que se puede suicidar y pide el auxilio del Estado para que el mismo sea médicamente no doloroso, resulta un poco más complicado, al menos en principio, porque trae un problema que los otros dos casos no tienen: La persona no necesita cooperación, no existiría, por tanto, un estado de necesidad que llevase a quien coopera a la muerte a actuar de forma justificada, no al menos en sentido estricto. Incluso en este caso hemos visto como la persona, finalmente, acabó con su vida por sí misma, lo que nos lleva a plantearnos: ¿era necesario pedir el auxilio de otros? ¿era justo pedirlo? ¿hubiese sido mejor, para el paciente, morir en un hospital bajo una inyección que acabara con su sufrimiento? Llegamos a un nuevo punto, que es la muerte digna. O al menos, la muerte sin sufrimiento. La solución planteada, en este caso, por el gobierno francés era la de una eutanasia pasiva hipócrita y con sufrimiento extra para todos, inducir un coma (práctica médica que, con pacientes que sufren demasiado -no necesariamente terminales-, se lleva a cabo sin demasiados problemas) y luego practicar una eutanasia pasiva, con lo que la paciente moriría de inanición. ¿Por qué no llevar a cabo la eutanasia activa desde un primer momento? ¿Por qué prolongar el sufrimiento de la paciente y su familia durante días en que se muere de hambre una futurible paciente comatosa? Conclusión: Una nueva regulación es justa y necesaria La eutanasia, para salir de los actuales problemas jurídicos, debe tener una regulación propia y expresa, asemejable en todo caso con el proceso que ha vivido el aborto, desde su penalización fuerte a casos en que médica y jurídicamente se admite el aborto (no hablo ya del libre, en tanto que la "eutanasia libre" sería, en todo caso, el suicidio como tal, un extremo en que el cooperador ya no es necesario y pedirle tal cosa a los médicos o al estado resulta excesivo), y dentro de esta regularización, se debe admitir sin problemas la eutanasia pasiva, y la activa debe ser regulada cuidadosamente, introduciendo los supuestos en que la persona puede pedir que se acabe con su vida activamente por parte de otra persona, y se deben distinguir los supuestos en que la persona puede llevar, de su propia mano, su propia ejecución, aún así, creo que para garantizar una muerte sin complicaciones, casos como el de la francesa (en que la vida se vuelve insoportable, la persona está en un deterioro constante y rápido de sus capacidades físicas, y el dolor es insoportable), se debe poder practicar la eutanasia en centros médicos, o al menos dar lo necesario para que esta persona se suicide (se inyecte a sí misma un veneno) en un entorno médico que pueda, en su caso, acabar con su vida rápidamente y sin sufrimientos si aconteciera cualquier complicación durante el suicidio. Y todo esto sin perjuicio del derecho que asistiría a los sanitarios a la objeción de consciencia siempre y cuando hubiera otros sanitarios que puedan realizar la eutanasia.
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| Last Updated ( Sunday, 11 January 2009 10:55 ) |
Comments (1)
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Saturday, 27 December 2008 15:18
nena
nesecito es la solucion de la eutanacia









