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Sobre las protestas en Mendoza

por Javier Echaide

Hay temas mezclados, combinados y confundidos que se vinculan sobre la actual situación socioambiental en Argentina con los debates públicos de estas horas. Informado debidamente, paso a aclarar algunas cuestiones. Primero y básico: hay dos situaciones distintas que por estas horas están empezando a ocupar el centro del debate nacional, el caso de Mendoza y el de Chubut. Tienen similitudes de fondo, pero con hechos diferentes. Los hechos se precipitaron primero en Mendoza (y a ellos me aboco acá), en donde el 20 de diciembre ambas cámaras legislativas de la provincia dieron sanción a la Ley 9209, modificadora de la Ley 7722, ambas leyes provinciales que regulan el marco de la actividad minera en Mendoza. Con la modificación se permite la aplicación de ciertos productos claves para la actividad minera como el cianuro (prohibido por la ley anterior) pero que son altamente contaminantes de los afluentes hídricos. El cianuro es utilizado para la separación de ciertos metales (como oro y plata) de la roca en donde los encuentran. Se lo diluye en agua para luego vertirse en gigantescos piletones al aire libre que provocan derrames y contaminan los afluentes de los ríos cercanos, de donde el agua precisamente se extrae. Conocido es el caso de San Juan (provincia lindera) donde la minera canadiense Barrick Gold ha provocado derrames en 5 ríos diferentes, y causando que al menos 2 de ellos se tornen irrecuperables.

El 24 de diciembre pasado salió publicada la nueva ley en el Boletín Oficial de Mendoza (PDF) y, por tanto, se encuentra vigente. Se trata entonces de un hecho consumado y sobre el cual no es necesario esperar la decisión de otra cámara (pues ambas sesionaron el mismo día) o el veto del gobernador (que la promulgó expresamente). La ley fue aprobada por abrumadora mayoría de las principales fuerzas políticas de la provincia –Juntos por el Cambio (macrismo) y el Frente de Todos (peronismo y aliados)- por lo que aducir que esto «es un tema de los radicales» o «de la derecha» es un reduccionismo segado, como también el omitir que no hubieron mellas o disensos internos, pues los votos fueron divididos aunque claramente insuficientes. En Senadores: Juntos por el Cambio votó 17 a favor de la nueva ley y 2 en contra. Frente de Todos votó 11 a favor y 2 en contra. Frente de Izquierda: 1 voto en contra. Lista «Protectora» (partido provincial): 1 voto en contra. En Diputados: Juntos por el Cambio votó 23 a favor y 3 en contra. Frente de Todos votó 13 a favor y 5 en contra. Frente de Izquierda: 1 voto en contra. Lista «Protectora» (partido provincial): 2 votos en contra.

Se dieron en este marco las movilizaciones más masivas en la historia de Mendoza en protesta por la nueva ley y por la defensa del agua. Ello provocó que el tema alcanzara repercusión a nivel nacional e internacional ganando la plana de varios diarios extranjeros, incluso más allá de la región (España, Reino Unido). Mientras esto ocurría, el flamante presidente de la Nación dio unas definiciones poco felices sobre la minería en un foro empresarial, mientras que su flamante ministro de ambiente Juan Cabandié se llamó a silencio por casi una semana. En paralelo, y adhiriéndose a las protestas, en distintos municipios mendocinos empezaron a suspenderse las Fiestas de la Vendimia, tradicionales en todos los años para el verano.

Luego de las primeras críticas, el presidente Alberto Fernández llamó a reunirse con la principal dirigente de su fuerza en la provincia y en el día de ayer (26 de diciembre) el gobernador Suárez llamó a conferencia de prensa y dijo que «suspendería la reglamentación de la ley», con lo que muchos entendieron que la nueva Ley 9209 no entraba en vigor o no habría de aplicarse. Esto es falso. Primero: la ley se encuentra vigente a partir de su publicación en el Boletín Oficial (Decreto 1172/2003). De hecho, las empresas mineras bien pueden iniciar una acción de amparo reclamando la aplicación de la ley vigente y por omisión de la autoridad provincial (acción regulada en el Código Procesal Civil de Mendoza, por ejemplo). Lo otro es que no toda ley necesariamente requiere de una reglamentación para su vigencia, menos una ley que modifica artículos de otra anterior. Este tipo de normas son operativas desde el momento de su publicación. La «suspensión» no implica nada, incluso si es «sine die» (sin fecha) pues no requiere reglamentación una ley que modifica o deroga parcialmente normas anteriores. Tercero: el motivo de la suspensión es para «generar el tiempo necesario para informar a la población adecuadamente de los beneficios de la ley 9209» destinada a «crear empleo en la provincia utilizando de forma sustentable los recursos» naturales mendocinos, y para desmantelar una «campaña falaz», «subterránea» y «desigual» de «desinformación», según definiciones del subsecretario de hidrocarburos y minería de la provincia, Emilio Guiñazú Fader. Por ende, se trata de una medida para ganar tiempo y sin intenciones de que sea definitiva.

Algunos argumentan que se trata de un tema netamente provincial y asignan responsabilidad al recién asumido gobernador y ex intendente de la ciudad de Mendoza, el radical Rodolfo Suárez. En Mendoza gobierna el frente Juntos por Mendoza (referencia provincial del frente nacional Juntos por el Cambio del expresidente Mauricio Macri), que ganó las elecciones de este año y asumió el gobierno el 10 de diciembre. El frente de Suárez es además el impulsor de la ley. El argumento de que esto es un tema provincial se apoya en el Art. 124 de la Constitución Nacional que en su último párrafo dice: «Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.» además del hecho de que se trata de una ley de carácter provincial. Esto sería cierto si lo afectado no fuera un recurso compartido como son los afluentes hídricos. La cuenca de los ríos Tunuyán, Diamante y Atuel son compartidos por 5 provincias: Mendoza, San Luis, La Pampa, Río Negro y Buenos Aires. La cuestión del aprovechamiento de los recursos naturales bien puede ser un tema provincial, pero la de la contaminación de los ríos por los vertidos de la industria minera es un tema interprovincial, es decir, federal. El gobierno federal es el gobierno nacional, conducido por el también recién asumido Alberto Fernández, del Frente de Todos. Las modificaciones son, además, contrarias a la Ley General del Ambiente (Ley 25.675), la Ley de Glaciares (Ley 26.639), así como hace peligrar el cumplimiento de la Ley de Residuos Peligrosos (Ley 24.051) todas de carácter nacional, así como del Art. 41 de la Constitución Nacional. Todo ello haría al tema merecedor de una acción de inconstitucionalidad o, en su caso, de un recurso extraordinario federal si hubiera otra causa judicial en curso. Esto ya lo están sosteniendo algunos constitucionalistas incluso cercanos al radicalismo. Por ende, no se trata de un tema «netamente provincial» sino que es federal y que puede incumbir responsabilidades directas por acción contra el gobierno de la provincia de Mendoza, así como responsabilidades indirectas por omisión en contra del gobierno nacional.

En este marco, el ministro nacional de ambiente ayer dio sus primeras declaraciones sosteniendo muy cautelosamente que «hay que rever el tema» en Mendoza. La provincia de Mendoza se halla en emergencia hídrica desde el año 2009 y las movilizaciones sociales no han cesado a pesar de la «suspensión» de la reglamentación anunciada por el gobernador, al contrario: la tensión política va escalando. La única forma de resolver la cuestión ahora sería derogando la novísima Ley 9209.

El Ejecutivo Nacional no puede meterse a derogar una ley provincial y la gobernación es de su principal fuerza política opositora. Lo paradójico es que debería derogarla la misma legislatura que la aprobó hace tan solo días y por abrumadora mayoría, lo que dejaría en evidencia a los diputados y senadores mendocinos en un papelón político sin precedentes.

Pero, de no hacerse, los/las mendocinos/as tendrían el derecho de accionar en contra del Estado provincial y nacional, además de las consecuencias políticas que acarrearía la cuestión de tener una crisis política a menos de un mes de iniciadas las nuevas gestiones ejecutivas tanto provincial como nacional.

El riesgo de fondo es que una vez regulada la actividad minera en estas condiciones la contaminación sobre los ríos de Mendoza sería irrecuperable, por lo que el tema refleja la poca altura de las dirigencias políticas frente a las cuestiones ambientales y su servilismo ante los intereses económicos.

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